Publicadas las bases de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias de Extremadura

El Ayuntamiento de Villafranca informa de que el DOE recoge la publicación de las bases de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias de Extremadura, incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis covid-19

Las presentes subvenciones tienen por objeto, dentro de las medidas para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 (Next Generation UE), establecer el régimen de ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias, mediante planes de mejora, que permitan:

- Incentivar las cadenas de distribución cortas y los mercados locales.

- Promover la eficiencia en el uso de los recursos, la agricultura de precisión e inteligente, la innovación, la digitalización y la modernización de la maquinaria y los equipos de producción.
- Mejorar las condiciones de vida y de seguridad en el trabajo de los agricultores o ganaderos.

- Fomentar la utilización de las energías renovables, la economía circular y la bioeconomía.

Serán subvencionables las siguientes inversiones:

a) Construcción, adquisición y mejora de bienes inmuebles con aislamiento de cubierta de al menos 50 mm de grosor y electrificadas con energía renovable. La inversión de la electrificación con energía renovable debe tener un valor mínimo de un 10% de la inversión de la construcción.

b) Las destinadas a la clasificación, acondicionamiento, fabricación, transformación y comercialización de los productos de la propia explotación, siempre y cuando, dotadas en su totalidad con suministro eléctrico procedente de energías renovables e incorporen el uso de tecnología digital.

c) Honorarios técnicos asociados a las construcciones o instalaciones solicitadas en esta ayuda.

d) Tractores que cuenten con una clasificación de eficiencia energética A o B (según condiciones).

e) Compra de maquinaria y equipos nuevos (Esparcidor de purines con dispositivo localizador, esparcidor de estiércol, trituradora de restos de poda, picadoras y desbrozadoras, máquina para hacer pellets en la propia explotación, sistema electrónico de regulación de dosis de productos fitosanitarios, equipos de aplicación de herbicidas a ultra bajo volumen, abonadoras con dispositivo localizador, equipo de ozonización para uso agrario)

f) Adquisición de equipos y maquinaria de nuevas tecnologías para la automatización de la explotación y uso de sistemas informatizados de gestión (drones para uso agrario, sistemas de geolocalización de ganadería, collares inteligentes, vallados virtuales, software, etc.), enmarcadas en la agricultura y ganadería 4.0.

g) Pozos y sondeos con captación por energía solar o electrificación de los ya existentes con energía renovable, en explotaciones ganaderas.

h) Implantación de cultivos perennes, con una densidad máxima (Frutos secos: 420 árboles/ha. Olivar: 420 árboles/ha. Frutales de pepita y hueso: 700 árboles/ha.)

i) Instalaciones (Instalaciones para hacer compost en la explotación. Instalaciones de tratamiento y revalorización de purines y estiércol. Instalaciones de generación de energía por biomasa o biogás. Instalaciones de recuperación y aprovechamiento de agua para explotaciones ganaderas)

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos en las bases:

Agricultores y agricultoras activas titulares de explotaciones agrarias prioritarias que se comprometan a ejercer la actividad agraria durante un periodo mínimo de 5 años desde el momento de la certificación de realización de inversiones y cumplimiento de compromisos.

Los jóvenes agricultores y agricultoras titulares de explotaciones agrarias que se instalan por vez primera conforme a la definición del artículo 2 del Reglamento (UE) 1305/2013.

Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas sin personalidad, como explotaciones de titularidad compartida o comunidades de bienes o hereditarias, siempre que al menos la mitad de los integrantes cumplan los requisitos establecidos para las personas físicas en el apartado 2 del artículo 5 del Decreto regulador, sea agricultor o agricultora activa y cumpla con la capacitación profesional suficiente.

Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente al proyecto 20220051 “4.1.2. EURI Mejora y Modernización de las Explotaciones Agrarias” con una dotación total de diecinueve millones cuatrocientos mil euros (19.400.000 €), conforme a las siguientes anualidades e importes: año 2022/400.000 €, año 2023/14.000.000 €, año 2024: 5.000.000 €.

La cuantía será asignada según unos criterios de valoración y ponderación establecidos en la propia base (art. 12), debiéndose alcanzar un mínimo de 16 puntos (art. 7).

Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Para resolver cualquier duda los interesados pueden dirigirse al Servicio de Empresas del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros en el teléfono 924 52 78 22.

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